Cornare y la Universidad de Antioquia, en un esfuerzo conjunto por la gestión sostenible del recurso hídrico, avanzan en la reglamentación por uso de aguas y vertimientos en la quebrada San Antonio – El Pueblo de Rionegro, un ejercicio pionero y enmarcado en la implementación del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH) de esta misma fuente hídrica.

Se trata de una herramienta de planificación que se desarrolla en las fuentes hídricas receptoras de vertimientos de aguas residuales y permite a la Corporación, intervenirlas de manera integral para asegurar las condiciones de calidad y cantidad requeridas para el sostenimiento de los cuerpos de agua y sus usos actuales y potenciales y así, asegurar un futuro hídrico próspero para la región.

El principal objetivo del PORH de la quebrada San Antonio – El Pueblo es garantizar el acceso equitativo y sostenible al agua para la comunidad colindante a la microcuenca, por eso, a través de una cuidadosa planificación y colaboración se busca prevenir la sobreexplotación del recurso hídrico, minimizar la contaminación y promover un uso responsable del agua.

“En esta quebrada es muy importante la implementación del PORH teniendo en cuenta que, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial, la cuenca es considerada como zona de expansión del municipio de Rionegro y se están presentando diferentes procesos de transformación urbanística, para los que la cuenca en términos de calidad y cantidad, no es capaz de soportar y asegurar las condiciones mínimas de conservación de dichas corrientes receptoras”, así lo mencionó Álvaro López Galvis, subdirector de Recursos Naturales de la Corporación.

En el ejercicio como Autoridad Ambiental, Cornare debe hacer control sobre el uso de las fuentes hídricas, establecer la clasificación de las aguas, fijar su destinación y sus posibilidades de uso, definir los objetivos de calidad a alcanzar en el corto, mediano y largo plazo, establecer las normas de preservación de la calidad del recurso, determinar los casos en que deba prohibirse el desarrollo de actividades en toda la fuente o en sectores de ella, y fijar las zonas en las que se prohibirá o condicionará la descarga de aguas residuales.

Entre otras actividades específicas que la Corporación implementa a través de la reglamentación por uso y vertimientos, están: revisar, ordenar y regular el uso de las aguas, reducir la contaminación del recurso hídrico, monitorear y evaluar la calidad y cantidad del agua, minimizar los riesgos de desabastecimiento, mitigar los conflictos socioambientales en la microcuenca, identificar los usos actuales respecto de los usos consignados en el Plan Ordenamiento Territorial, implementar las acciones de planeación y ordenamiento del recurso y conservación de los ecosistemas que regulan la oferta y determinar la cantidad y la calidad del recurso hídrico dentro de la microcuenca.

“Esta reglamentación por vertimientos marca un hito importante en la historia de la región, ya que es la primera que se adelanta en la jurisdicción por los conflictos existentes entre el desarrollo urbanístico y la capacidad asimilativa de esta corriente. Con su implementación se beneficiarán las comunidades de las veredas Cabeceras de Llano Grande, Chipre y Vilachuaga, pertenecientes al corregimiento sur o Gilberto Echeverri Mejía, así como el barrio San Antonio de Pereira en su zona urbana”, agregó el subdirector de Recursos Naturales.

El desarrollo de este instrumento de planificación involucró a la comunidad aledaña a la microcuenca, con ellos, se llevaron a cabo consultas públicas, sesiones informativas y talleres participativos para garantizar que su voz fuera escuchada y considerada en cada etapa del proceso. Esta participación activa y comprometida demuestra el fuerte deseo de todos por preservar y cuidar el recurso hídrico vital de la microcuenca.

El Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico aborda una variedad de aspectos cruciales como la protección de cuencas, la promoción de prácticas agrícolas sostenibles, la reducción de la contaminación y la educación sobre el uso eficiente del agua. Además, establece una hoja de ruta para la implementación de medidas y políticas a lo largo de los próximos años para garantizar que el plan sea efectivo y tenga un impacto duradero.

Para tener en cuenta:

  • Acciones que se adelantan para la reglamentación por vertimientos: revisión y actualización de la información contenida en el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico, revisión y actualización de la georreferenciación de los vertimientos en cartografía oficial, inventario y descripción de las obras hidráulicas, caracterización de los vertimientos, incidencia de los vertimientos en la calidad del cuerpo de agua en función de los sus usos actuales y potenciales, análisis de la capacidad del tramo o cuerpo de agua a reglamentar teniendo en consideración el Ordenamiento del Recurso Hídrico correspondiente.
  • Acciones que se adelantan para la reglamentación por uso (consumo): censo de usuarios de aprovechamiento de aguas del uso actual y proyectado del agua; control y vigilancia de los aprovechamientos.
  • La quebrada San Antonio – El Pueblo cuenta con una extensión aproximada de 10.87 kilómetros cuadrados y es dependiente del río Negro, el cual corre por el suelo urbano y rural del municipio de Rionegro.

Fuente: Cornare