Luego de que Cornare archivara en dos oportunidades el trámite de solicitud de licencia ambiental para el proyecto denominado Pequeña Central Hidroeléctrica Cocorná III, la Sociedad Comercial Taborda Vélez & CIA S.A.S., promotora del mismo, radicó una tercera solicitud de licenciamiento en abril de 2022,y después del análisis y estudio por parte de un equipo especializado de la corporación ambiental, el cual tuvo en cuenta las variables de manejo ambiental, social y económicas propuestas para contener los impactos que pudiese presentar el proyecto; se procedió a otorgar la licencia ambiental ya que se reunieron todos los requisitos que exige la norma.

Con la licencia otorgada, este proyecto se suma a otros de este tipo asentados en el municipio de Cocorná, sobre el río que lleva el mismo nombre, sin embargo, esta licencia todavía es susceptible del recurso de reposición, por lo que se trata de un instrumento ambiental que aún no se encuentra en firme, tal y como lo establece el artículo 87 de la Ley 1437 de 2011.

Es de anotar que durante el proceso de solicitud de la licencia ambiental se llevó a cabo una Audiencia Pública Ambiental para el Proyecto Hidroeléctrico Cocorná III, en este espacio de participación ciudadana, la empresa solicitante presentó una descripción general del proyecto, impactos y medidas de manejo ambiental propuestas y a su vez, representantes de la comunidad del área de influencia manifestaron su postura frente a la construcción de esta PCH.

De igual manera, entre las exigencias para el titular de esta licencia ambiental, tres meses antes del inicio de la fase constructiva, obligatoriamente tendrá que conformar mesas de participación, con el objetivo de resolver los inconvenientes y aclarar las inquietudes que tenga la comunidad.

Sin duda, las solicitudes e intereses de este tipo de proyectos han motivado el rechazo de los habitantes del municipio y varios colectivos ambientales de la región que se han opuesto al desarrollo de los mismos.

Lo cierto es que Constitucional y legalmente Cornare debe evaluar las solicitudes que le radican y si estas cumplen con los criterios y requisitos señalados por la normatividad ambiental, tiene el deber de licenciarlos, como en este caso, que el promotor realizó tres intentos hasta completar los requisitos que exige el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que es quien da las orientaciones para otorgar licencias ambientales en el país.

La corporación trabaja para regular y limitar el desarrollo de estos proyectos en la región, con estrategias como el Índice de Sostenibilidad Integrado (https://www.cornare.gov.co/), esto por las múltiples solicitudes que se han presentado para el desarrollo de PCH, principalmente en las cuencas Samaná Norte y Samaná Sur.

¿Por qué realizan tantas solitudes para PCH en la región?

Muchos ciudadanos se preguntan las razones por las cuales, a pesar del rechazo colectivo, se siguen radicando ante Cornare solicitudes de licencias ambientales para PCH en la región.

Esto obedece principalmente a la estrategia que se ha diseñado por Colombia para enfrentar el cambio climático, la cual busca desestimular a los inversionistas para proyectos de generación de energía producidos a partir de carbón, petróleo y gas y estimular las Fuentes no Convencionales de Generación de Energía (FNCER), que se regularon en la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021, que buscan acelerar la transición energética.

La matriz energética global, es decir, de donde se produce la energía que consume el mundo todos los días, depende en su gran mayoría de hidrocarburos que son los principales generadores de Gases de Efecto Invernadero y que son los que están haciendo que se caliente el planeta. A pesar del avance en la incorporación de fuentes renovables, aún se depende en gran medida del petróleo, del carbón y del gas para producir energía.

Datos de la Agencia Internacional de Energía, citado en: https://www.runrunenergetico.com/la-era-de-los-combustibles-fosiles-continuara-por-varias-decadas/ del 14 de septiembre de 2020. 

Colombia le ha apostado a fomentar aún más la generación de energía a partir de fuentes renovables, es por ello que expidió la Ley 1715 de 2014, que incorporó exenciones tributarias muy atractivas para los inversionistas, especialmente, excluyó a estos proyectos (FNCER) del pago de Impuesto a las Ventas (IVA) sobre todos los elementos que se usan para su construcción, además de exención de pago de aranceles que se causa con la importación de los equipos que se usarán en el proyecto, también les permitirá deducirse el 50% del Impuesto de Renta hasta por 15 años.

Esta Ley hace muy atractivos estos proyectos para los inversionistas públicos y privados, que, sumado a las condiciones de montaña y agua del Oriente antioqueño, hacen que sigan llegando más solicitudes para que Cornare las evalúe conforme a los lineamientos dados por el Ministerio de Ambiente; por lo cual en el escenario futuro continuarán llegando solicitudes de este tipo si se fomentan energías como el Hidrógeno Verde.

Cornare viene impulsando reuniones con el Gobierno Nacional para explorar alternativas y poner condiciones especiales en la región, más aún si se estima que estos proyectos no tienen limitaciones para su desarrollo, como sí las tienen las actividades mineras que, por ejemplo, están prohibidas en páramos o al interior de Parques Nacionales Naturales.    

Finalmente, Cornare aclara que tiene la obligación de realizar control y seguimiento, con el fin de verificar que el proyecto se desarrolle de acuerdo con los requisitos y obligaciones establecidas en el instrumento ambiental, y de ser necesario, impulsar los requerimientos y acciones sancionatorias que dé a lugar.

Para saber más

El proceso para la solicitud del trámite se evaluó por medio de IT-04658-2022, que mediante acta de reunión de información adicional AC-02691-2022 se presentaron los requerimientos técnicos (en total 105), a través de la resolución RE-04047-2022, se convocó a audiencia pública, la cual se llevó a cabo el 19 de diciembre de 2022, y se culminó con el IT-00325-2023 que evalúa técnicamente la información y conceptúa sobre el trámite. Finalmente se otorga la licencia ambiental a los promotores del proyecto a través de la Resolución No. RE-00336-2023 del 30 de enero de 2023.

Fuente: Cornare