El Comité Departamental de Asuntos Religiosos y de Cultos, una instancia que se crea para promover el diálogo social, identificar problemáticas comunes, realizar recomendaciones sobre dicho tema, entre otras funciones relacionadas con el libre ejercicio religioso y de cultos, fue instalado este martes en la Gobernación de Antioquia.

Dicha instancia se conforma acorde con lo establecido en la Ordenanza 37 del 16 de diciembre del 2020, encargada de apoyar la formulación, adopción, implementación, seguimiento y evaluación de la Política Publica Integral de Libertad Religiosa y de Cultos, garantizando los derechos de quienes ejercen dichas libertades, en el marco de la Constitución Política de Colombia, la Ley 133 de 1994 y el Decreto Nacional 437 de 2018.

Luis Fernando Suárez, SERES de Seguridad Humana y Gobierno, destacó la importancia de construir desde la diferencia y que este sea un escenario de trabajo y discusión orientado a cumplir el decreto y brindar garantías para el derecho a la libertad religiosa y de cultos.

Rafael Blanco, secretario de Asuntos Institucionales, Paz y Noviolencia, resaltó la importancia del rol de la formación religiosa para los ciudadanos y, a partir de allí, la posibilidad de fortalecer lazos de cooperación, buenas experiencias y acciones.

«Teniendo en cuenta que el país tiene un alto grado de polarización, la invitación es a que las instituciones religiosas contribuyan con un mensaje de paz, noviolencia y reconciliación», manifestó el secretario.

Se plantearán unas comisiones de trabajo para el desarrollo de un plan de acción y se presentará la caracterización que se está realizando en el departamento de las organizaciones religiosas.

El Comité está conformado por:

  • La Gobernación de Antioquia: gobernador o su delegado.
  • Secretario de Asuntos Institucionales, Paz y Noviolencia o su delegado
  • Secretario (a) de Educación o su delegado.
  • Director (a) General del Instituto de Cultura y Patrimonio o su delegado.
  • Director (a) del Departamento Administrativo de Planeación o su delegado.
  • Secretario (a) de Participación y Cultura Ciudadana o su delegado
  • Secretario (a) de Ambiente Sostenibilidad o su delegado
  • Director (a) del Departamento Administrativo de Gestión del Riesgo de Desastres de Antioquia -DAGRAN- o su delegado
  • Gerente (a) de Sociedad de Televisión de Antioquia Limitada -Teleantioquia- o su delegado
  • Gerente (a) de Seguridad Vial o su delegado.

Por la Población Civil:

  • (1) Un representante de la Iglesia Católica.
  • (1) Un representante por una Asociación de Ministros.
  • (5) Cinco representantes de las entidades religiosas con personería jurídica que tengan presencia en el departamento entre las cuales haya mínimo (01) una entidad religiosa no cristiana.

Por la Asamblea:

  • (3) Tres diputados elegidos por la plenaria de la Asamblea al inicio del periodo constitucional.

Por la Academia:

  • Las Universidades que hacen presencia en el departamento y tienen programas alusivos al hecho religioso serán invitadas a participar a fin de que puedan aportar desde sus conocimientos las cuales participan con voz y sin voto. Esta última elección se propondrá realizarse en sesión plenaria del comité según la necesidad que se tenga al respecto.

Fuente: Gobernación de Antioquia